Libre transito - Lic. Héctor Rosales

Artículo 11.- Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes.

Art. 11 Constitucional: Toda persona tiene derecho... viajar... sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes.

Art. 130 Código Penal CDMX-. Se impondrá prisión de 6 a 2 años, al que ocasione lesiones que tarden en sanar más de 15 días y menos de 60.

Art. 239 Código Penal CDMX-. Daño a propiedad-. Al que destruya o deteriore una cosa ajena... II. Prisión de 6 meses a 2 años y 70 a 150 días de multa, cuando el daño excede 20 y menos de 300 la Unidad de Cuenta de CDMX.

Art. 163 Bis. Robo y secuestro express "el que prive de la libertad a otro por el tiempo estrictamente indispensable para cometer los delitos de robo" 20 a 40 años de prisión. 

https://www.congresocdmx.gob.mx/media/documentos/9cd0cdef5d5adba1c8e25b34751cccfdcca80e2c.pdf

Unidad de Medida y Actualización: https://www.inegi.org.mx/temas/uma/


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